“No hace falta un gobierno perfecto;
se necesita uno que sea practico”
(Aristóteles)
Desde
1811 que nuestro país ha generado un intento de reglamentar la convivencia
nacional, es en el periodo de “Los
Ensayos Constitucionales” donde se plantea este desarrollo básicamente en
dos cartas fundamentales: La Constitución de 1833, que organiza al estado
chileno y la armonía con la sociedad; y La Constitución de 1925 que abre a
chile a un régimen presidencialista en el siglo XX.
En
la actualidad, el gobierno ha definido el proceso constituyente como: “Una política de Estado que impulsa el
acuerdo y la participación de toda la sociedad en las diferentes instancias de
conversación y deliberación”.
Definición que excluye los
acuerdos y principios fundamentales que se viene generando en la
historia constitucional de nuestro país desde 1811.
Pero,
en virtud de estos avances históricos de nuestra Carta Magna ¿Qué concepto
podríamos elaborar de lo que significa realmente un Proceso Constituyente? A
groso modo y con la humildad que la definición requiere, definiremos el Proceso
Constituyente como: “Un conjunto de principios, derechos, deberes y garantías
constitucionales que se desarrolla concatenadamente en el tiempo, y que surge producto
de una consecuencia lógica e histórica social”, en consecuencia, el
concepto señalado nos motiva a pensar que los procesos constituyentes son una
consecuencia histórica de nuestra evolución social, donde se han privilegiados
los acuerdos que el hombre ha pactado y que ha llevado a cabo en la comunidad,
en este sentido ¿Es imperativo que nuestros gobernantes generen cambios
radicales, ideológicos y estructurales en la Constitución? ¿Cuál es la real
diferencia entre una nueva constitución y una reforma constitucional efectiva?
¿Será reconocido el dialogo ciudadano en estos ensayos de cabildos o será
entregada su redacción a un grupo de juristas en las sombras? Estos son algunos
cuestionamientos que el ciudadano común debiera manifestar; vivimos en un
periodo de incertidumbres, de falta de definiciones y prolijidad en las
políticas gubernamentales, cada ciudadano tiene derecho a participar en estos
proceso, pero primero debemos saber el “¿Por qué?” he de hacerlo, porque
nuestros derechos no solo están en el área participativa, sino en el
pensamiento cívico y concordante con los proceso de reformas institucionales;
que, como ya sabemos, siguen navegando en el vertiginoso mar de las
incertidumbres. Nuestra propuesta es que la constitución merece un
reconocimiento de los avances históricos constitucionales ya existentes, de lo
contrario, estaríamos negando el prestigio institucional que Chile ha generado
en Latino América, nos urge un acuerdo institucional que garantice la probidad
y la responsabilidad estatal, que ha sido tan cuestionadas en el presente.
“Cuando las naciones avanzan al trote,
las constituciones van a pie”
(Thomas Macaulay)
Gino Terzan Fernández
Director Jurídico
Fundación Chile Mejor.

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